12 de agosto de 2026: nuevas obligaciones en materia de envases y residuos de envases

Qué cambia, a quién afecta y por qué importa para el sector del reciclaje.

El 22 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el nuevo Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases. Un nuevo marco europeo orientado a reducir el impacto ambiental de los envases, mejorar su reciclabilidad, fomentar la reutilización y armonizar las obligaciones aplicables en todos los Estados miembros.

Aunque el Reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025, la exigibilidad de sus obligaciones será progresiva. El primer hito llega el próximo 12 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual serán exigibles buena parte de sus obligaciones generales.

¿Qué cambia a partir de esa fecha? A continuación, analizamos las principales obligaciones que entran en vigor.

1. Revisión de los envases introducidos en el mercado

A partir del 12 de agosto de 2026, solo podrán introducirse en el mercado de la Unión Europea aquellos envases que cumplan con los requisitos del Reglamento en materia de sostenibilidad, información, marcado y conformidad.

Esto obliga a los operadores económicos a revisar sus envases, materiales, procesos internos y documentación asociada antes de su comercialización. La adaptación no afecta únicamente al diseño del envase, sino también a la forma en que se acredita su cumplimiento normativo.

2. Obligación general de reciclabilidad

Una de las principales novedades es la obligación general de garantizar que los envases sean reciclables, exigible también a partir del 12 de agosto de 2026. Los criterios técnicos más detallados sobre diseño para el reciclado se concretarán posteriormente mediante actos delegados.

3. Restricción de PFAS en envases alimentarios

Otra obligación relevante afecta a los envases destinados a entrar en contacto con alimentos. Desde el 12 de agosto de 2026, no podrán introducirse en el mercado envases alimentarios que contengan sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) por encima de los límites establecidos en el Reglamento.

Los envases comercializados antes de esa fecha podrán permanecer en el mercado sin obligación de retirada, pero los nuevos envases deberán cumplir con los límites previstos.

¿A quién afecta? A empresas de alimentación, restauración, distribución y bienes de consumo, que deberán revisar especificaciones técnicas, contratos de suministro, declaraciones de conformidad y procedimientos de control de calidad.

4. Declaración de conformidad y documentación técnica

Los fabricantes deberán realizar el procedimiento de evaluación de conformidad antes de introducir un envase en el mercado. Cada tipo de envase deberá contar con su correspondiente declaración de conformidad y con la documentación técnica que acredite el cumplimiento de los requisitos aplicables.

Plazos de conservación de la documentación:

  • Envases de un solo uso: cinco años.
  • Envases reutilizables: diez años.

Además, importadores y distribuidores deberán verificar que los envases que comercializan cumplen con el Reglamento.

5. Responsabilidad ampliada del productor

El Reglamento refuerza las obligaciones vinculadas a la responsabilidad ampliada del productor. La identificación del productor responsable dependerá del tipo de envase, del Estado miembro en el que se comercialice por primera vez y del papel que desempeñe cada operador dentro de la cadena.

Esta cuestión es especialmente relevante para empresas con cadenas de distribución transfronterizas, plataformas de comercio electrónico, importadores y operadores que venden directamente a usuarios finales en otros Estados miembros.

Un paso más hacia la economía circular

El pasado 19 de mayo de 2026, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publicó una nota aclaratoria sobre la aplicación del nuevo Reglamento. En ella se recuerda que el Reglamento europeo será directamente aplicable en España y se anuncia la elaboración de un nuevo real decreto de envases y residuos de envases, destinado a adaptar el marco jurídico nacional a la nueva normativa europea.

El nuevo Reglamento supone un avance importante hacia envases más sostenibles, reciclables y alineados con una economía circular real. Para el sector del reciclaje, representa también una oportunidad: cuanto mejor diseñados estén los envases desde el origen, más eficiente será su recogida, clasificación y valorización posterior.

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